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La solicitud de contratación de una hipoteca lleva implícita la apertura de una cuenta corriente para la que la entidad financiera no precisa autorización expresa y lo que resulta más novedoso, no conlleva un tratamiento de datos sin consentimiento, lo que supondría sanciones muy importantes. Las entidades bancarias pueden estar tranquilas al respecto, tras la publicación de una sentencia de la Audiencia Nacional, de 28 de octubre de 2010.